CEJ
Acceso a Justicia, Capacitación Judicial, Gestión Judicial, Gestión Jurisdiccional, Reforma Judicial
Cámara de Diputados, Cámara de Senadores, Consejo de la Magistratura
Como primera innovación se ha decidido que la nueva ley del Consejo de la Magistratura debe regular solamente lo atinente al funcionamiento orgánico del Consejo y a la elección de sus representantes.

En cuanto a la organización del proceso electoral de abogados y profesores de las Facultades de Derecho, se ha encontrado oportuno asignar al Tribunal Superior de Justicia Electoral, órgano constitucional competente en materia electoral, la responsabilidad de llevar adelante tales eventos, debido a la magnitud que han cobrado en nuestros días.

Por otro lado, se ha tomado la decisión de que el sistema de selección de magistrados y los criterios para la conformación de ternas que actualmente se encuentran regulados en leyes y reglamentos internos del Consejo, sean regulados en una nueva ley de creación de la carrera judicial, con el fin de fortalecer la independencia judicial y la transparencia en los procesos de evaluación y designación de magistrados judiciales, agentes fiscales y defensores públicos.

Se pretende que tales reformas fortalezcan el Consejo de la Magistratura como órgano constitucional encargado de la elaboración de ternas para el sistema judicial.

Observación: consultar documento fuente.

Documentos fuente

Denominación Año Fuente
Anteproyecto de Ley “QUE ORGANIZA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA”. 2017 Descargar