CEJ
Acceso a Justicia, Conflictos Comunitarios, Gobiernos Locales, Mediación
Asunción, Municipalidades en General
Antecedentes:

La Ley No. 1879/2002 de Arbitraje y Mediación en su artículo 53 define la MEDIACIÓN: “es un mecanismo voluntario orientado a la resolución de conflictos, a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución amistosa de sus diferencias, con la asistencia de un tercero neutral y calificado, denominado mediador”.

La mediación es un Método Alternativo de Resolución de Conflictos, en el cual un tercero imparcial y neutral, el mediador o la mediadora, quien se encuen¬tra capacitado especialmente en técnicas y herramientas de comunicación y manejo de conflictos, actúa para facilitar el diálogo y la negociación entre las partes involucradas en un conflicto, de modo a ayudar a que logren por sí mismas un acuerdo satisfactorio para todas ellas.

De conformidad con lo señalado en el artículo 54 de la Ley No. 1879/02, podrán ser objeto de mediación todos los asuntos que deriven de una relación contractual u otro tipo de relación jurídica, o se vinculen a ella, siempre que dichos asuntos sean susceptibles de transacción, concilia¬ción y arbitraje. En suma, todos los asuntos que pueden ser negociados (derechos disponibles de las personas).

Por otra parte, la Ley 3.966/2010 establece en su Art. 12 que: “…11. Además, las municipalidades tendrán las siguientes funciones:…d. la promoción de soluciones pacíficas de controversias y conflictos comunitarios e insti¬tucionales, mediante la aplicación de la mediación, conciliación, mesas de diálogos u otros medios alternativos y complementarios a la justicia ordinaria reconocidos por la ley…”.

Con la finalidad de contribuir con la implementación de estos modelos de servicios de mediación y orientación comunitaria se elabora el presen¬te documento, el mismo en su contenido establece orientaciones en las políticas, organización y procesos, metodologías a ser implementadas por Gobiernos Locales.

La mediación es un instrumento y una herramienta fundamental para el acceso a justicia y fortalece los valores fundamentales de convivencia humana, de respeto, tolerancia, libertad, equidad, inclusión, participación y paz social.

Por ello, la mediación contribuye a la convivencia en democracia y a la construcción de cultura de paz.

Objetivo:

Documentar de una manera organizada y secuencial la estructura organizativa y los procedimientos del Sistema Administrativo diseñado para la gestión del Servicio de Mediación y Orientación Comunitaria (SEMOC), dependiente de la Dirección General del Área Social, a través de la Dirección de Participación ciudadana, en articulación con la Red Municipal de Derechos Humanos.

Con el fin de facilitar la comunicación y coordinación interna en el desarrollo y monitoreo de las actividades multidisciplinarias implementadas en la ejecución de los mismos.

De su adecuada administración dependerán la eficacia de las acciones desarrolladas y la eficiencia en los resultados obtenidos.

Alcance:

El Sistema Administrativo comprende la estructura, funciones y procedimientos administrativos a ser desarrollados por el Servicio de Mediación y Orientación Comunitaria.

Observación: consultar documento fuente.

Documentos fuente

Denominación Año Fuente
Guía de organización y puesta en funcionamiento del Servicio de Mediación y Orientación Comunitaria (SEMOC) 2021 Descargar