Acceso a Justicia, Conflictos Comunitarios, Gobiernos Locales, Mediación
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Asunción, Municipalidades en General
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Antecedentes:
La Ley No. 1879/2002 de Arbitraje y Mediación en su artículo 53 define la MEDIACIÓN: “es un mecanismo voluntario orientado a la resolución de conflictos, a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución amistosa de sus diferencias, con la asistencia de un tercero neutral y calificado, denominado mediador”. La mediación es un Método Alternativo de Resolución de Conflictos, en el cual un tercero imparcial y neutral, el mediador o la mediadora, quien se encuen¬tra capacitado especialmente en técnicas y herramientas de comunicación y manejo de conflictos, actúa para facilitar el diálogo y la negociación entre las partes involucradas en un conflicto, de modo a ayudar a que logren por sí mismas un acuerdo satisfactorio para todas ellas. De conformidad con lo señalado en el artículo 54 de la Ley No. 1879/02, podrán ser objeto de mediación todos los asuntos que deriven de una relación contractual u otro tipo de relación jurídica, o se vinculen a ella, siempre que dichos asuntos sean susceptibles de transacción, concilia¬ción y arbitraje. En suma, todos los asuntos que pueden ser negociados (derechos disponibles de las personas). Por otra parte, la Ley 3.966/2010 establece en su Art. 12 que: “…11. Además, las municipalidades tendrán las siguientes funciones:…d. la promoción de soluciones pacíficas de controversias y conflictos comunitarios e insti¬tucionales, mediante la aplicación de la mediación, conciliación, mesas de diálogos u otros medios alternativos y complementarios a la justicia ordinaria reconocidos por la ley…”. Con la finalidad de contribuir con la implementación de estos modelos de servicios de mediación y orientación comunitaria se elabora el presen¬te documento, el mismo en su contenido establece orientaciones en las políticas, organización y procesos, metodologías a ser implementadas por Gobiernos Locales. La mediación es un instrumento y una herramienta fundamental para el acceso a justicia y fortalece los valores fundamentales de convivencia humana, de respeto, tolerancia, libertad, equidad, inclusión, participación y paz social. Por ello, la mediación contribuye a la convivencia en democracia y a la construcción de cultura de paz. Objetivo: Documentar de una manera organizada y secuencial la estructura organizativa y los procedimientos del Sistema Administrativo diseñado para la gestión del Servicio de Mediación y Orientación Comunitaria (SEMOC), dependiente de la Dirección General del Área Social, a través de la Dirección de Participación ciudadana, en articulación con la Red Municipal de Derechos Humanos. Con el fin de facilitar la comunicación y coordinación interna en el desarrollo y monitoreo de las actividades multidisciplinarias implementadas en la ejecución de los mismos. De su adecuada administración dependerán la eficacia de las acciones desarrolladas y la eficiencia en los resultados obtenidos. Alcance: El Sistema Administrativo comprende la estructura, funciones y procedimientos administrativos a ser desarrollados por el Servicio de Mediación y Orientación Comunitaria. Observación: consultar documento fuente. |
Denominación | Año | Fuente |
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Guía de organización y puesta en funcionamiento del Servicio de Mediación y Orientación Comunitaria (SEMOC) | 2021 | Descargar |