CEJ
Acceso a la Información Pública, Gestión Judicial, Transparencia Gubernamental
Corte Suprema de Justicia
RECURSOS Y PRESUPUESTO:
Se precisa dotar a la Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública (DTAIP) de un presupuesto adecuado, con más recursos humanos cualificados para la atención de los requerimientos de las leyes 5189/14 y 5282/14, así como con recursos materiales que contribuyan a este cumplimiento. Resulta particularmente preocupante que tanto en el presupuesto 2016 como tampoco en el anteproyecto de presupuesto 2017 no se hayan incorporado las previsiones necesarias pese a que la Ley 5282/14 ordena tal cosa (“…Artículo 31.- Partidas presupuestarias. Las fuentes públicas deberán prever dentro de su presupuesto anual, los recursos necesarios para implementar las disposiciones establecidas en la presente Ley]”).

La Acordada 999/15 también dispuso que a través de la Dirección General de Administración y Finanzas de la Corte “se adopten las medidas necesarias para dotar de presupuesto, recursos e infraestructura adecuadas” a la Dirección. Actualmente, los recursos disponibles para la Dirección resultan insuficientes para el cumplimiento de los cometidos, especialmente en materia de recursos humanos y equipamientos.

- NORMATIVAS INTERNAS:
Es conveniente acelerar la adopción de normativas internas para la mejor organización, archivo, disposición, publicación y entrega de información pública. La complejidad de la institución judicial, así como su doble carácter de fuente pública en materia de información administrativa, jurisdiccional y registral, requiere una urgente y concreta atención de estas necesidades a fin de favorecer la transparencia y el acceso de la ciudadanía a la información pública.

- CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN:
Se requiere fortalecer las tareas y acciones en materia de capacitación y difusión sobre las normativas nacionales e internas en cuanto a la transparencia. La creación de una cultura de la transparencia depende en gran medida de este tipo de emprendimientos, destinados a magistrados y funcionarios judiciales. Sería recomendable hacer un curso on-line que esté disponible de forma gratuita durante todo el año. Un ejemplo de esto es el portal http://www.educatransparencia.cl/portal/ del Consejo para la Transparencia de Chile.

- CRITERIOS CLAROS:
Se recomienda la discusión y adopción de criterios y estándares específicos en materia de transparencia, accesibilidad y manejo de información pública, tanto en el ámbito administrativo, como jurisdiccional y registral. En estos dos aspectos, el Poder Judicial tiene una responsabilidad primigenia para la normativización así como para la adopción de estos criterios y su correcta y uniforme aplicación en los órganos administrativos, jurisdiccionales y registrales.

- DESARROLLO DE JURISPRUDENCIA:
Es beneficioso estimular y favorecer el desarrollo de jurisprudencia relativa a la materia de transparencia, específicamente en los casos planteados sobre la Ley 5282 y la ley 5189. Al efecto, será pertinente la realización de acciones de difusión, publicaciones, debates y discusiones jurídicas, tanto en foros abiertos como en foros con colegios de profesionales abogados o de magistrados, sobre estos temas y los fallos que se van adoptando al respecto.

- FORMATO DE DATOS ABIERTOS:
Es recomendable que la difusión de la información sea provista en formatos que permitan reutilizar la información. En este sentido, el Poder Judicial ha puesto a disposición datos en formato abierto, a través de su portal.

- PLATAFORMA O PORTAL DE SOLICITUDES:
Es importante que el Poder Judicial posea una plataforma de solicitudes de información pública, que pueda llegar a todas las dependencias administrativas, judiciales y registrales de la Corte Suprema de Justicia, y que a su vez permita derivar tecnológicamente cualquier consulta.

INFORMACIONES DE TRANSPARENCIA ACTIVA EN VIRTUD DE LEYES 5189/14 Y 5282/14:

Respecto a informaciones incluidas en los sitios web institucionales (www.pj.gov.py y www.csj.gov.py ) y que tienen que ver con las obligaciones surgidas de las Leyes 5189/14 y 5282/14, cabe mencionar lo siguiente:

Se cuenta con diferentes “entradas” para obtener dicha información, y sería conveniente que las mismas remitan de manera uniforme a la misma información. Por ejemplo, hay un banner de Transparencia al costado, en el cual se accede a determinados tipos de informaciones; así también hay una sección de transparencia en el pie de página donde, sin embargo, se presenta otro tipo de informaciones.

Hay un alto grado de cumplimiento de los deberes impuestos por ambas leyes en materia de transparencia activa. Sin embargo, aún hay datos o informaciones no relevadas o no disponibles (ver en los cuadros de cumplimiento, los ítems con fondo amarillo), como:

- Informes de auditoría,
- Informes finales de consultorías;
- Cuadros de resultados;
- Lista de poderes vigentes otorgados a abogados;
- Sistema de mantenimiento, clasificación e índice de los documentos existentes;
- Descripción de los procedimientos previstos para que las personas interesadas puedan acceder a los documentos que obren en su poder, incluyendo el lugar en donde están archivados y el nombre del funcionario responsable;

La información sobre Magistrados y Funcionarios (salarios, remuneraciones, etc.) se encuentra en una planilla que está ordenada por número de cédula de identidad. Debería contarse con la posibilidad de ordenar por apellidos y nombres. También se recomienda disponibilizar la misma información con formatos de datos abiertos o en formatos más amigables y reutilizables. Del mismo modo, es necesario incorporar un sistema de búsqueda intuitiva y/o inteligente para facilitar al ciudadano la búsqueda de datos de magistrados o funcionarios específicos.

Viajes y viáticos. El sitio cumple las disposiciones de ambas leyes. Sin embargo, no se incorporan datos de viajes realizados por magistrados o funcionarios en los que no se hayan percibido viáticos de la institución. Esto sería relevante tenerlo sobre todo para contar con información sobre permisos remunerados con motivos de viajes, donde también están comprometidos el interés y recursos de la institución.

De acuerdo a varios pedidos de información hechos ante la DTAIP o que motivaron acciones judiciales, algunas informaciones de mayor interés para la gente, que podrían sumarse a la existente, serían:

Datos de permisos (remunerados o no) para magistrados y funcionarios;
Estadísticas procesadas en materia jurisdiccional, principalmente del área penal, del área de niñez y adolescencia, o de delitos relativos a violencia de género.
Datos y estadísticas de juzgados de paz y de paz letrada.

Una de las obligaciones que aún no está atendida se refiere a la selección de casos jurisprudenciales en materias relevantes, cuyo objetivo es brindar las líneas de decisiones judiciales sobre determinadas materias. Sería menester que la Corte Suprema de Justicia encargue esta tarea a algunas de sus oficinas especializadas (Estadísticas o Instituto de Investigaciones Jurídicas o Derechos Humanos o Secretaría de Género), o bien disponga recursos para contratar servicios externos que ayuden a desarrollar estos estudios y procesamientos sobre casos jurisdiccionales.

La información jurisdiccional disponible en línea no cuenta con sistema alguno de protección de identidad o “anonimización” que permita preservar datos de acceso restringido, sobre todo en materia de casos que afectan a menores de edad, o involucran la vulneración de la intimidad de las personas. Se recomienda que se adopten medidas al respecto, se establezca un sistema de criterios para la “anonimización” en base a estándares internacionales en la materia, y se dispongan las decisiones administrativas pertinentes para su puesta en ejecución, sea de manera descentralizada en los propios órganos jurisdiccionales, o a través de un sistema centralizado. En cualquiera de los casos, lo más conveniente tener un sistema informatizado que permita la anonimización automatizada de datos.

Documentos fuente

Denominación Año Fuente
Manual básico para el acceso a la información pública en el Poder Judicial 2016 Descargar